PC Palabra Clave (La Plata), abril - septiembre 2026, vol. 15, núm. 2, e280. ISSN 1853-9912
Universidad Nacional de La Plata
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación
Departamento de Bibliotecología

Artículos de temática libre

Bibliotecas, políticas públicas de lectura y discapacidad visual en el Perú

Meyllyn Margarita de la Cruz Ponciano

Facultad de Ciencias Sociales, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú
Cita sugerida: de la Cruz Ponciano, M. M. (2026). Bibliotecas, políticas públicas de lectura y discapacidad visual en el Perú. Palabra Clave (La Plata), 15(2), e280. https://doi.org/10.24215/18539912e280

Resumen: Este artículo analiza el rol de las bibliotecas públicas en las políticas de lectura y discapacidad del Estado peruano, enfocándose en el acceso a la lectura para personas con discapacidad visual. Se utilizó un enfoque cualitativo y análisis documental para examinar instrumentos legales según cuatro criterios: mención de bibliotecas, medidas de accesibilidad para discapacidad visual, enfoque de derechos y nivel de implementación. Los resultados mostraron una alta participación de las bibliotecas en las políticas de lectura, aunque con limitada apropiación del marco internacional en la mayoría de los casos analizados. En las políticas de discapacidad, la participación es moderada: se reconocen derechos, pero persisten vacíos en asignar a las bibliotecas un rol activo y en implementar diversidad de servicios para discapacidad visual. Se concluye con la necesidad de promover una mayor articulación entre estas políticas públicas para fomentar la transversalización de conceptos clave presentes en ambos sectores, así como fortalecer la coherencia y alineación entre las disposiciones nacionales e internacionales.

Palabras clave: Bibliotecas Públicas, Políticas Públicas de Lectura, Políticas Públicas de Discapacidad, Discapacidad Visual, Perú.

Libraries, public reading policies, and visual disability in Peru

Abstract: This article analyzes the role of public libraries within the Peruvian State's public reading policies and disability policies, focusing on access to reading for people with visual disabilities. It employed a qualitative methodology and document analysis to examine legal instruments based on four criteria: mention of libraries, strategies to ensure accessibility for people with visual disabilities, rights-based approach, and level of implementation. The results revealed a high level of public library participation in reading policies, although with limited adoption of the international framework in most of the cases analyzed. In disability policies, participation is moderate: while rights are recognized, there remain significant gaps in assigning libraries an active role and in implementing a diversity of services for individuals with visual disabilities. The study concludes with the need to enhance greater coordination between these public policies, encouraging the mainstreaming of key concepts between both sectors and strengthening coherence and alignment between national and international legal frameworks.

Keywords: Public Libraries, Public Reading Policies, Public Disability Policies, Visual Disability, Perú.

1. Introducción

Las bibliotecas públicas se han considerado como valiosos agentes de transformación social puesto que dentro de sus funciones se encuentra garantizar el acceso a la información y al conocimiento a toda la población, lo que se convierte en una vía para el ejercicio de sus derechos y para el impulso de su desarrollo profesional y personal. De acuerdo con el manifiesto de la International Federation of Library Associations and Institutions (IFLA, 2022)1 las bibliotecas públicas se apoyan sobre la base de la igualdad de acceso a la información sin distinción de edad, raza, género, credo, condición social u otra característica, para lo cual deben disponer servicios y materiales adaptados a quienes no pueden utilizar los recursos habituales, como personas con discapacidades, barreras lingüísticas o en situaciones especiales como hospitales o prisiones.

De esta manera, el acceso a la información se convierte en una actividad indispensable para el desarrollo de todas las personas, ya que alguien informado podrá tomar decisiones asertivas y responsables relacionadas con el ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. En ese sentido, las bibliotecas contribuyen con este propósito a través de sus diversos servicios y actividades, además en esta diversidad también contribuye con el desarrollo recreativo y cultural de la población.

No cabe duda de que todos los servicios deben ser garantizados a la población con discapacidad, y en este sentido, la biblioteca pública tiene la responsabilidad de asegurar un acceso adecuado e inclusivo a sus servicios, considerando las necesidades particulares de esta población. Sin embargo, más allá del compromiso institucional de las bibliotecas, es fundamental que las políticas públicas de lectura, así como aquellas relacionadas con la discapacidad, reconozcan y promuevan el papel esencial que cumplen las bibliotecas en la sociedad. Por ello, fomentar la inclusión del rol y la participación activa de las bibliotecas en el diseño y ejecución de políticas dirigidas a las personas con discapacidad es clave para garantizar su derecho al acceso libre y equitativo a los servicios bibliotecarios y de información. En este marco, el presente estudio pretende analizar el grado de participación de las bibliotecas públicas para conocer cómo se promueve la importancia de sus servicios para la población con discapacidad visual dentro de las políticas públicas de lectura y en materia de discapacidad del Estado peruano.

1.1. Discapacidad en el contexto peruano: predominancia de la discapacidad visual

En el contexto peruano, la discapacidad representa una problemática relevante, ya que pone a las personas con discapacidad en una condición de vulnerabilidad frente al ejercicio pleno de sus derechos humanos. Esto demanda implementar medidas más eficaces y orientadas a su atención e inclusión social (Díaz, 2019). Según los conceptos claves de la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030:

La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las distintas barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás (Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables [MIMP], 2021, p. 21).

La problemática de la discapacidad expone una situación que puede contribuir a la desigualdad de condiciones y oportunidades para este sector de la población peruana. El artículo 2 de la Ley Nº 29.973 Ley General de la Persona con Discapacidad (2012, p. 1) señala la siguiente definición:

La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás.

Según el Censo Nacional del 2017, hay 3.051.612 personas con alguna discapacidad, cifra que representa el 10,4 % de toda la población peruana. De esta cantidad, 57,0% (1.739.179) son mujeres y el 43,0 % (1.312.433) son hombres (Instituto Nacional de Estadística e Informática [INEI], 2018). Asimismo, entre los resultados de la Primera Encuesta Nacional Especializada sobre Discapacidad del 2012, se detecta que existe una población de 15 y más años de edad que se encuentra en condición de analfabetismo lo que representa el 26,5% de las personas con discapacidad. Con respecto al género, el porcentaje es mayor en las mujeres, con un 33,6%; mientras que en los hombres el porcentaje es de 18,6%. En el área rural este porcentaje se incrementa a un 51,3%, mientras que en el área urbana es de 19.8% (INEI, 2014).

Con respecto a los tipos de discapacidad que existen, el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) menciona que: “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” (Organización de las Naciones Unidas Salud [ONU], 2006, p. 4). A partir de esta definición, se reconocen cuatro tipos de discapacidad: física, mental, intelectual y sensorial.

En relación con las estadísticas según el tipo de discapacidad, el Perfil Sociodemográfico de la Población con Discapacidad del 2017, el cual recoge la información de los Censos Nacionales: XII de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas, señala que en el Perú se identificaron 2.618.026 personas que tenían solo una discapacidad (81,6%) y 591.235 (18,4%) que tenían dos o más tipos de discapacidades (INEI, 2019). De acuerdo con este informe, en el Perú la discapacidad visual o dificultad de la visión representa la de mayor frecuencia con 1.550.196 personas (48,3%). La discapacidad física o dificultades para moverse o caminar/usar brazos y piernas, se ubica en el segundo lugar con 485.211 personas (15,1%); en tercer lugar, se ubica la discapacidad auditiva o la dificultad de la audición que afectan a 243.486 personas (7,6%). A continuación, se ubica la discapacidad intelectual o para entender o aprender, representada por 135.210 personas (4,2%). Otras dificultades tales como para relacionarse con los demás, afectan a 104.943 personas (3,3%); y para hablar o comunicarse, 98.979 personas (3,1%) (INEI, 2019).

Según estos datos, la discapacidad visual es la más recurrente en el país. El informe de INEI (2019) también señala que de este grupo (1.550.196 personas), 608.124 (43,8%) son hombres y 942.072 (51,8%) son mujeres. Asimismo, se destaca que el 51,6% reside en zonas urbanas, mientras que el 30,1% habita en áreas rurales (INEI, 2019).

La discapacidad visual se define como aquella que ocurre cuando una afección ocular altera el funcionamiento del sistema visual y sus capacidades relacionadas con la visión (OMS, 2023). Aunque esta definición puede estar más orientada a un modelo médico biológico, el Informe Mundial sobre la Visión de la OMS aclara que, incluso si una persona utiliza lentes para corregir su visión, la deficiencia visual persiste. No obstante, el término “discapacidad” hace referencia no solo a la deficiencia en sí, sino también a las limitaciones y barreras, ya sean físicas, sociales o actitudinales, que enfrenta una persona con esta condición al interactuar con su entorno (OMS, 2020). De este modo, esta concepción incorpora una perspectiva social, que va acorde con el modelo social de discapacidad, pues resalta las dificultades que enfrentan las personas con discapacidad visual, las cuales no derivan únicamente de su condición, sino principalmente de las barreras existentes en el entorno en el que interactúan.

Es importante destacar que el modelo social de discapacidad es un enfoque que considera que las causas que originan la discapacidad son, principalmente, sociales. En otras palabras, entiende la discapacidad no como un problema individual, sino como una construcción social. Según esta perspectiva, las personas no están limitadas por sus condiciones físicas, sensoriales o cognitivas, sino por las barreras sociales, físicas y actitudinales impuestas por la misma sociedad. Además, se vincula estrechamente con los principios fundamentales de los derechos humanos, tales como la libertad personal y la igualdad, los cuales promueven la eliminación de obstáculos y fomentan la inclusión y la accesibilidad universal (Victoria Maldonado, 2013). Por ello, esta perspectiva es clave para diseñar leyes y políticas públicas inclusivas que garanticen el ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad.

En cuanto a la clasificación de la discapacidad visual, aunque existen muchos enfoques; Barraga (1992) propone una clasificación clara y funcional que contempla cuatro niveles que, además, brindan orientaciones para facilitar el acceso a la información:

  • Ceguera total: ausencia completa de visión o percepción mínima de luz. Las personas en esta condición acceden a la información principalmente a través del tacto y la audición.

  • Ceguera parcial: conservación de un residuo visual que permite detectar luz, formas grandes y algunos colores. A pesar de ello, el aprendizaje continúa apoyándose en el tacto y la audición, aunque se recomienda estimular el uso del resto visual.

  • Baja visión (deficiencia visual severa): mayor capacidad visual que permite distinguir objetos, colores y letras a corta distancia. En este caso, el uso de ayudas ópticas como lupas puede facilitar el acceso a la información mediante la visión residual.

  • Deficiencia visual moderada: conserva una mayor funcionalidad visual, permitiendo incluso la lectura de textos impresos sin ayudas ópticas, aunque con necesidad de buena iluminación. El acceso al conocimiento se logra, principalmente, a través de la vista.

1.2. Bibliotecas públicas e inclusión social

Sandra Fernández-Hernández, Gretel Lobelle-Fernández & Zoia Rivera (2018) definen a las bibliotecas públicas como agentes sociales y culturales que contribuyen al desarrollo informacional y social de las comunidades, puesto que se encargan de ofrecer herramientas y recursos para que las comunidades dialoguen sobre sus problemáticas y encuentren las mejores soluciones. Para estas autoras las funciones de las bibliotecas públicas se pueden resumir en los siguientes enunciados:

  • Fomentan el acceso libre a la información;

  • Impulsan la inclusión y la cohesión social;

  • Contribuyen a la formación y al aprendizaje a lo largo de la vida;

  • Promueven la participación ciudadana;

  • Favorecen el empoderamiento y el desarrollo de la comunidad.

Las bibliotecas públicas han sido un componente importante en el desarrollo social y cultural de la ciudadanía y ello se puede observar a través de la disposición de sus servicios y actividades que también comprometen a diferentes actores sociales en favor de la comunidad. De acuerdo con la IFLA (2018), las bibliotecas contribuyen al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Esto es posible a través de diversas actividades y servicios que ofrecen y que responden a las necesidades locales, los cuales van desde la alfabetización hasta el acceso libre a la información. Además, son espacios que fomentan la inclusión y el desarrollo local, promueven la inclusión digital mediante el acceso a las tecnologías de la comunicación (TIC) y el desarrollo de habilidades digitales.

José A. Gómez-Hernández (2007) analiza sobre la voluntad social de las bibliotecas, la misma que impulsa el desarrollo de iniciativas para la generación de oportunidades extendidas a la población, entre estas actividades se pueden señalar los programas de alfabetización, así como otros servicios que se prestan con el objetivo de alcanzar las necesidades de las personas que, por motivos económicos, sociales o personales, no pueden acceder a estos; es este conjunto de servicios los que se denominan como servicios de extensión bibliotecaria. El mismo autor señala que las bibliotecas deben asumir otros retos como el apoyo para la integración social, promover la participación ciudadana y el ejercicio de actividades culturales, favorecer el aprendizaje permanente y contribuir a la inclusión social.

En ese sentido, la biblioteca pública actúa como ente impulsor de servicios y acciones orientados a mejorar el bienestar de la comunidad a la que atiende. Sin embargo, este accionar se ha visto limitado, muchas veces, por el poco presupuesto que reciben las bibliotecas para el desarrollo de estos y nuevos servicios, lo que a su vez puede originar el poco alcance a otros usuarios potenciales que no frecuentan la biblioteca, pero que pueden necesitar más de sus servicios; así mismo son limitaciones el contar con poco personal, el desconocimiento de las cambiantes necesidades de información de las personas y la limitada aplicación de instrumentos que permitan el adecuado estudio de usuarios, entre otros factores.

Otro aspecto relevante es la consideración de los diversos tipos de usuarios, entendiendo a estos como determinados sectores de la población que comparten características similares y que pueden verse categorizadas por la edad o etapas del desarrollo humano al que pertenecen: pre-infantes, infantes, jóvenes, adultos, adultos mayores. Cabe mencionar que esta clasificación también puede considerar otros aspectos o características que pueden responder a necesidades de información particulares, tales como la ocupación: trabajadores, escolares, amas de casa, investigadores, etc. (De Arenas & Gómez-Hernández, 2008). De esta manera, identificar grupos puede contribuir a la identificación de necesidades particulares de la población; sin embargo, dentro de este proceso de identificación también se debe considerar el reconocimiento de otros grupos o minorías sociales y por tanto conocer sus necesidades y requerimientos también es misión fundamental de la biblioteca pública. De esta manera, estos grupos minoritarios pueden ser minorías étnicas, culturales, lingüísticas, población indígena, tribus, inmigrantes, refugiados y personas con discapacidad.

El conocimiento de las necesidades de información de estos grupos es vital para que la biblioteca contribuya con la visibilización y reconocimiento de sus derechos, pero sobre todo conocer de cerca sus necesidades, permitirá la obtención de insumos para la creación de nuevos servicios especializados. Para el caso de la población con discapacidad, la CDPD en su artículo 9, señala que:

Los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales (ONU, 2006, p. 10).

Cabe señalar que las bibliotecas públicas forman parte de las instalaciones y servicios públicos a los que las personas con discapacidad deben poder acceder. Esto se encuentra respaldado por el artículo 30, inciso c, de la CDPD, el cual establece que los Estados Partes adoptarán medidas para garantizar que las personas con discapacidad “tengan acceso a lugares en donde se ofrezcan representaciones o servicios culturales tales como teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios turísticos y, en la medida de lo posible, tengan acceso a monumentos y lugares de importancia cultural nacional” (ONU, 2006, p. 25). En este sentido, los servicios públicos que brindan las bibliotecas deben ser accesibles para toda la población y garantizar las condiciones necesarias para que las personas con discapacidad accedan a todos estos en igualdad de condiciones.

1.3. Bibliotecas públicas y servicios bibliotecarios accesibles para personas con discapacidad visual en el contexto peruano

Dentro de los servicios que la biblioteca pública debe garantizar para toda la población y para los grupos minoritarios señalados anteriormente, se debe remarcar el acceso libre a la información a través de la disposición y préstamo de recursos bibliográficos o materiales de lectura que respondan a las diferentes necesidades de sus usuarios.

Al tener en cuenta los datos estadísticos mencionados, se puede suponer la existencia de una gran demanda de los servicios bibliotecarios por parte de la población con discapacidad visual, pues figura como la primera discapacidad más frecuente en el país. Por ello es importante conocer la producción de materiales bibliográficos dirigidos a esta población; sin embargo, de acuerdo con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI, 2016) solo entre el 1 y 7% de los libros que se publican son accesibles para las personas ciegas o con discapacidad de lectura de la letra impresa.

En el Perú, uno de los más importantes acontecimientos sobre la publicación de libros en sistema braille es la implementación formal del Tratado de Marrakech a través de la Ley N° 31.117, publicada el 30 de enero de 2021, la cual modificó el Decreto Legislativo 822 (Ley sobre el Derecho de Autor en el país). Esta iniciativa permite mejorar el acceso a obras publicadas para personas con discapacidad visual u otras dificultades para leer texto impreso, al autorizar la reproducción y distribución de materiales en formatos accesibles, como braille o audiolibros, sin necesidad de obtener permiso de los titulares de derechos de autor. Esta normativa también establece que estas tareas estarán a cargo de Entidades Autorizadas, es decir, organizaciones sin fines de lucro responsables de producir y distribuir dichos materiales. En la actualidad, la Biblioteca Nacional del Perú asume este papel.

A pesar de ello, la producción de libros en braille no tiene un estudio o análisis tan riguroso y detallado como el de los libros digitales; y según las normas del ISBN, por cada formato de una obra se debe realizar un registro ISBN diferente, es decir las obras de un mismo título que se publican en formatos diferentes, ya sea papel, formato digital, audiolibros, etc., pueden estar registradas muchas veces con el mismo título, pero con diferentes ISBN (Jaramillo, 2017). Por ello, analizar las cantidades de obras por tipo de formato puede ser un proceso complejo. Esta situación se puede ver reflejada de manera similar para el caso del audiolibro, el cual es otro tipo de formato que una misma obra puede tener; y de la misma manera, se puede señalar que existen vacíos de información y falta de estudios dedicados a este tema de gran relevancia para el sector editorial y en general, para todo el ecosistema del libro, la lectura y las bibliotecas.

La mayor parte de materiales de lectura para personas con discapacidad visual se puede ver representado por los libros digitales, los cuales pueden ser leídos por programas que se encargan de convertir el texto a audio; sin embargo, no todos estos libros son accesibles, puesto que muchos requieren adecuaciones en el texto para que puedan ser leídos correctamente por estos programas, como en el caso de las abreviaturas o aquellas palabras que necesitan ser deletreadas. Aunque la participación de los libros digitales en el registro ISBN del país aún es baja en comparación con el promedio latinoamericano, ha experimentado un crecimiento notable: en Perú pasó de representar el 3,8% en 2008 (con 197 títulos registrados), al 12,8% (1.045 títulos) en 2019 (Ocrospoma Calderón, 2021), lo que significa un incremento de 9 puntos porcentuales.

En 2020, también se observó un aumento significativo en los registros de libros digitales, que llegaron a 2.313 títulos, y en 2021 se alcanzó el pico histórico de 2.704 registros. Este incremento se puede atribuir, en parte, al impacto de la pandemia de la COVID-19, que impulsó la digitalización de contenidos editoriales (Biblioteca Nacional del Perú [BNP] – Agencia Peruana del ISBN, 2023).

Asimismo, entre 2008 y 2023 se identificaron 13.658 títulos con registro ISBN en soporte digital, una cantidad significativamente menor en comparación con los 92.053 títulos registrados en soporte impreso en ese mismo periodo (BNP – Agencia Peruana del ISBN, 2023). Por lo tanto, en ese periodo, la cantidad de títulos digitales corresponde solo al 13% del total de títulos registrados en el país (Figura 1). Sin embargo, como se mencionó, la carencia de accesibilidad para muchos de estos libros, supone que la cifra de publicaciones digitales en formatos accesibles sea menor al 13%. Esto sugiere que, a pesar del crecimiento del libro digital, este aún es limitado, y, más aún, persiste una brecha significativa en la producción editorial inclusiva, lo que limita el acceso efectivo a la lectura para personas con discapacidad visual. Por ende, no basta con incrementar la oferta de libros digitales si estos no están acompañados de criterios de accesibilidad que garanticen el acceso a la lectura en igualdad de condiciones.

Figura 1
Número de títulos con registro ISBN en el Perú, según el tipo de soporte (2008-2023)
Número de títulos con registro ISBN en el Perú, según el tipo de soporte (2008-2023)
Fuente: elaboración propia basada en datos de la Biblioteca Nacional del Perú – Agencia Peruana del ISBN (2023).

Otro aspecto importante a destacar es el acceso libre y gratuito a las colecciones en formatos accesibles que las bibliotecas públicas ponen a disposición a través de sus servicios inclusivos como la consulta y el préstamo de libros en estos formatos. Hasta diciembre de 2023, del total de 1.874 gobiernos locales que incluyen a las municipalidades provinciales y distritales, solamente 512 tienen una biblioteca pública municipal. Esto quiere decir que 1.362 gobiernos locales, es decir el 73%, no cuentan con biblioteca pública municipal, mientras que solo 512, que representa el 27%, sí dispone de una (Biblioteca Nacional del Perú, 2024).

Dentro de este limitado número de bibliotecas, resulta fundamental conocer si estas ofrecen servicios realmente accesibles para personas con discapacidad visual. Según datos del Registro Nacional de Municipalidades (Renamu), en el año 2016 el total de material en braille que disponían las bibliotecas municipales del Perú era de 1.617; mientras que, en el 2022, es de 2.722 títulos (Renamu-INEI, 2022). Aunque este incremento representa un avance significativo en términos de disponibilidad de material en braille, el volumen sigue siendo insuficiente, especialmente si se considera que esta cifra corresponde al total acumulado en todas las bibliotecas municipales del país y frente a la demanda potencial de personas con discapacidad visual.

Entre las bibliotecas públicas municipales que han implementado servicios de lectura accesibles para personas con discapacidad visual en Lima Metropolitana, se puede mencionar a la Biblioteca Municipal de Miraflores, que además de brindar libros en braille, también ofrecen otros recursos como magnificador de pantalla, lectores de textos y audiolibros. Asimismo, la Biblioteca Municipal de San Borja también dispone de una colección de material en braille, así como actividades culturales dirigidas al público con discapacidad visual. Además, fuera de esta región también se encuentra la Biblioteca Municipal “Ignacio Escudero” ubicada en la región de Piura que además de brindar material en braille, desarrolla otras actividades dirigidas al público con discapacidad visual.

Dentro del ámbito de las bibliotecas públicas, aunque no pertenecientes al sistema municipal, se destacan iniciativas significativas como la de la Sala para Personas con Discapacidad Visual “Delfina Otero Villarán”, ubicada en la Gran Biblioteca Pública de la Biblioteca Nacional del Perú. Este espacio ofrece una variedad de servicios y recursos accesibles, entre los que se incluyen: lectura asistida, conversión de textos a formato de audio .mp3, uso de computadoras equipadas con lectores y magnificadores de pantalla. Además, brinda impresión de textos en sistema braille, organiza el club de lectura inclusivo “Leyendo con tacto” y pone a disposición el servicio de Cecograma que consiste en el envío gratuito de libros en braille a nivel nacional, a través de Serpost, un servicio de correspondencia; y no se debe dejar de lado la Biblioteca Pública Digital. Otra experiencia destacable es la de la Casa de la Literatura Peruana, también ubicada en Lima Metropolitana, que ofrece libros en Braille y mantiene su compromiso con el acceso público a la lectura para personas con discapacidad visual.

Adicionalmente, en esta misma región, también operan instituciones especializadas que ofrecen servicios bibliotecarios accesibles. Entre ellas se encuentra la Unión Nacional de Ciegos del Perú, cuya biblioteca en Braille está dirigida a sus asociados; el Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima, que brinda acceso a su biblioteca tanto a participantes como a docentes; y la Institución Educativa Especial “Luis Braille”, que dispone de una biblioteca orientada a su comunidad educativa. En el ámbito académico universitario, destacan la Biblioteca Central de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP)2 y la de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM)3, ambas con servicios destinados a sus respectivas comunidades universitarias.

Desde la sociedad civil, también se destacan iniciativas exitosas orientadas a la promoción de la lectura para personas con discapacidad visual. Entre ellas se encuentra el proyecto "La Caravana Inclusiva de la Lectura", el cual lleva libros táctiles de elaboración propia a niñas y niños con discapacidad visual en parques y espacios públicos. Asimismo, se resalta el programa "Siento, leo y veo", desarrollado en el Colegio Luis Braille, ubicado en el distrito de Comas, Lima.

A pesar de los avances alcanzados, el panorama actual aún presenta importantes desafíos que requieren una exploración más profunda. La accesibilidad a los servicios de información y bibliotecarios no puede limitarse únicamente a la disponibilidad de libros en braille; también depende de la diversidad de recursos, así como de los programas de extensión cultural y social que las bibliotecas estén en capacidad de ofrecer y fortalecer, tal como se evidenció en algunos de los casos previamente señalados.

2. Metodología

La presente investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, de tipo descriptivo puesto que representa la realidad de forma sistemática, detallada y precisa, enfocándose en mostrar cómo es y cómo se manifiesta dicho fenómeno en un contexto específico (Hernández-Sampieri, Fernández Collado & Baptista Lucio, 2014). En este caso, se describieron las políticas públicas y los distintos marcos legales vinculados a la lectura y la discapacidad, con el objetivo de analizar cómo se concibe y posiciona el rol de las bibliotecas públicas y sus servicios de acceso a la información y de fomento de lectura para personas con discapacidad visual. Asimismo, se identificaron y caracterizaron los niveles de participación y formas en que las bibliotecas públicas son consideradas dentro del marco legal y político del Estado peruano.

Se utilizó el análisis documental como técnica principal de recolección de información, entendido como un proceso riguroso y sistemático de revisión de fuentes escritas, orientado a recopilar información relevante sobre el fenómeno investigado (Hernández-Sampieri et al., 2014). En este estudio se llevó a cabo una revisión sistemática y crítica de fuentes escritas relevantes, incluyendo leyes, políticas públicas y resoluciones administrativas relacionadas con la discapacidad, la lectura y los servicios bibliotecarios. Se seleccionaron tres instrumentos legales para cada tema (lectura y discapacidad), y se priorizó aquellos donde incluyen ambos componentes. Para el tema de lectura, se eligieron una política pública, una ley y una resolución jefatural vinculada a bibliotecas. En cuanto a discapacidad, se seleccionaron una política pública y dos leyes sobre la materia.

La recolección se realizó mediante una matriz de análisis documental diseñada específicamente para categorizar y analizar la participación de las bibliotecas según cuatro criterios, los cuales se detallan en el siguiente apartado.

2.1. Criterios de análisis

Se definieron los siguientes criterios:

  • Mención de bibliotecas: analiza la manera en que los documentos normativos o de política pública hacen referencia a las bibliotecas públicas como actores relevantes en el acceso a la información, el fomento de lectura y la inclusión social. Puede ser: directa, cuando se menciona explícitamente su rol; indirecta, cuando se alude a ellas de manera implícita o en un contexto más general o ausente, cuando no se hace ninguna mención.

  • Presencia de medidas de accesibilidad para discapacidad visual: observa si se incluyen acciones específicas para garantizar el acceso a la lectura o información en formatos accesibles para personas con discapacidad visual. Puede ser: Sí / Parcial / No.

  • Enfoque o perspectiva de derechos: determina si el documento adopta una perspectiva basada en los derechos humanos, reconociendo a las personas con discapacidad como sujetos de derecho. Se considera si el texto promueve la igualdad de oportunidades, la inclusión social y la no discriminación, así como si articula sus disposiciones con marcos internacionales. Puede ser: Explícita / Implícita / Ausente.

  • Nivel de implementación o referencia operativa: establece si el documento incluye acciones concretas, responsables o mecanismos para aplicar lo propuesto. Puede ser: Claro / Parcial / Ausente.

Finalmente, en base al análisis de estos criterios se determinó si el grado de participación de las bibliotecas públicas fue alto, moderado o bajo o nulo:

  • Alta participación: cuando hay mención clara, implementación activa de servicios accesibles y presencia sostenida en normativas.

  • Moderada participación: cuando hay mención implícita en documentos, y poca implementación real.

  • Baja o nula participación: cuando no se reconoce a las bibliotecas como actores clave o se les excluye del diseño de políticas y contenido normativo.

3. Resultados y discusión

Actualmente, existen varias acciones del Estado peruano para contribuir con el desarrollo y calidad de vida de las personas con discapacidad visual. Estas medidas o acciones del gobierno pueden verse contempladas a través de todo un conjunto de normas y dispositivos legales que fomentan el ejercicio de la ciudadanía y los derechos de las personas con discapacidad. Entre estos derechos también se deben considerar aquellos que promueven y garantizan el acceso a la información y a la lectura, es así que las bibliotecas son uno de los centros que contribuyen con el ejercicio de estos derechos. En este sentido, se han identificado las siguientes políticas y mecanismos que promueven las funciones de las bibliotecas públicas, tanto en el ámbito de la lectura (Tabla 1) como en el de la discapacidad (Tabla 2).

Tabla 1
Análisis documental de la participación de las bibliotecas públicas en las políticas e instrumentos normativos sobre lectura
Criterios de AnálisisPolítica Nacional de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas al 2030 (PNLLB)Ley N° 31.053. Ley que reconoce y fomenta el Derecho a la Lectura y promueve el LibroEstándares de Bibliotecas Municipales (RJ 027-2019-BNP)
Mención de bibliotecas públicas (Directa/ Indirecta/ Ausente)Directa: reconoce a estas bibliotecas como actores clave para el acceso y ejercicio del derecho a la lectura.Directa: reconoce a estas bibliotecas como fundamentales para el acceso a la lectura, garantiza su fortalecimiento y expansión.Directa: son el eje del documento.
Presencia de medidas de accesibilidad para discapacidad visual (Sí/ Parcial/ No)Sí: menciona el servicio 2.2.3 “Programa de acceso a obras en formatos accesibles de lectura para personas con discapacidad visual (...)”.Sí: dispone recursos (FONDOLIBRO) para la producción de libros y productos editoriales afines para las personas con discapacidad visual.Sí: establece estándares con una cuota definida de material en braille.
Enfoque o perspectiva de derechos (Explícita/ Implícita/ Ausente)Explícita: menciona tratados internacionales con enfoque de derechos humanos.Implícita: destaca a la lectura como un derecho cultural, fomenta la inclusión. La mención de marcos internacionales en discapacidad es implícita.Implícita: contempla las necesidades de personas con discapacidad y de inclusión social. La mención de marcos internacionales en discapacidad es implícita.
Nivel de implementación o referencia operativa (Claro/ Parcial/ Ausente)Claro: define objetivos, responsables y mecanismos de seguimiento.Claro: define objetivos, responsables, mecanismos de financiamiento (FONDOLIBRO), seguimiento anual ante el Congreso.Claro: define estándares y mecanismos de evaluación del nivel de cumplimiento.
Fuente: elaboración propia.

En los documentos analizados se observó que todos cumplen positivamente con los criterios establecidos, aunque con matices. Para la mención o reconocimiento de las bibliotecas públicas, los tres mencionan a las bibliotecas como actores clave para el acceso a la información y a la lectura en toda la población. Esto ayuda a reforzar su rol fundamental como agentes de inclusión sociocultural y de democratización de la lectura.

De acuerdo con Orlanda Jaramillo (2006), es fundamental entender a la biblioteca pública como una institución social, pues contribuye significativamente al desarrollo educativo y cultural de un país, lo que justifica la necesidad de políticas que aseguren su funcionamiento y fortalezcan su vínculo con la comunidad y el Estado. Para ello, es urgente promover un debate académico constante sobre su rol institucional y reconocer sus funciones políticas en el acceso libre a la información, la educación y la cultura. De esta manera, resulta crucial que las políticas y normativas bibliotecarias definan con claridad conceptos clave sobre la biblioteca pública y su institucionalidad como agente social estratégico, pues esto permitirá reconocer sus funciones y responsabilidades políticas dentro de las comunidades.

En relación con la presencia de medidas de accesibilidad para discapacidad visual, se evidenciaron acciones para el acceso y producción de materiales accesibles de lectura. La PNLLB menciona el desarrollo de un programa específico: “Programa de acceso a obras en formatos accesibles de lectura para personas con discapacidad visual y dificultades para acceder al texto impreso” (MINCUL, 2022, p. 90), el cual está a cargo de la Biblioteca Nacional del Perú (BNP) y la Gran Biblioteca Pública de Lima. Además, se describe que este servicio “promueve el uso y la consulta de obras en formatos accesibles de lectura desde diversas plataformas de recursos exclusivas para personas con discapacidad visual y dificultades para acceder al texto impreso, en el marco del Tratado de Marrakech” (MINCUL, 2022, p. 108).

En esa descripción, la referencia a diversas plataformas de recursos, sugiere la inclusión de recursos alternativos al braille y audiolibro, tales como magnificadores de caracteres, lupas digitales, software de lectura de pantalla, entre otros. Esto representa un avance positivo en consonancia con lo señalado en el Tratado de Marrakech, que señala que un ejemplar en formato accesible es “la reproducción de una obra, de una manera o forma alternativa que dé a los beneficiarios acceso a ella, siendo dicho acceso tan viable y cómodo como el de las personas sin discapacidad visual” (OMPI, 2013, p. 3). Esta definición enfatiza que los beneficiarios deben poder usar cualquier recurso necesario para acceder de forma viable y cómoda como lo pueden hacer las personas sin discapacidad, lo que refuerza el principio de accesibilidad como derecho.

Mientras tanto, la Ley N° 31.053 dispone recursos a través del FONDOLIBRO para la producción de libros accesibles, una necesidad que por mucho tiempo no había sido debidamente atendida; gracias a esta disposición y a su articulación con otros marcos legales, como la Ley N° 31.117 que modifica la Ley sobre el Derecho de Autor para implementar el Tratado de Marrakech, se abre finalmente la posibilidad de impulsar la producción de libros en braille, audiolibros y libros digitales accesibles para personas con discapacidad visual.

En los Estándares de Bibliotecas Públicas Municipales (Resolución Jefatural N° 027-2019-BNP) se establece que las colecciones deben incluir material accesible en braille, aunque su exigencia varía según el tipo de municipalidad. Para el tipo A, se exige un 1% de material en braille; en el tipo B, ese 1% incluye tanto revistas, periódicos como material en braille, lo que podría reducir la proporción destinada específicamente a este último; en el tipo C, el uso de "y/o" sugiere que el braille es opcional; y en el tipo D, si bien se exige una cantidad suficiente de material bibliográfico y accesible, no se fija un porcentaje específico, lo que podría resultar en una presencia reducida de estos recursos y limitar el acceso efectivo a la lectura para personas con discapacidad visual.

En la práctica, de acuerdo con el estudio de Gabriela A. Quispe-Farfán (2020) en el que evalúa a las bibliotecas públicas municipales de Lima aplicando los estándares de este documento, se encontró que, con respecto a la colección en braille, del total de bibliotecas evaluadas sólo el 8.6 %, es decir, tres bibliotecas, disponen materiales en Braille dentro del conjunto de su colección básica (que incluye libros, libros electrónicos, publicaciones periódicas y material Braille). Pero según los porcentajes exigidos en los estándares por tipo de biblioteca, ninguna biblioteca cumple con este estándar, lo que evidencia la limitada disponibilidad de colecciones inclusivas. Sin embargo, más allá de establecer el Braille como recurso obligatorio, es fundamental considerar otros formatos accesibles, además de audiolibros y libros digitales accesibles, tales como el macrotipo, las adaptaciones aumentativas, software de lectura de pantalla, formatos de lectura estructurada, magnificadores, entre otros dispositivos tecnológicos que faciliten el acceso a la lectura a estos usuarios. Asimismo, es importante capacitar al personal en el uso de estos recursos de acuerdo con las diferentes necesidades que presenten las personas con discapacidad visual.

Respecto al enfoque o perspectiva de derechos, la PNLLB y la Ley N° 31.053 adoptan una perspectiva explícita de derechos humanos, pues hace referencia expresa a tratados internacionales como el Tratado de Marrakech, mientras que en la Ley N° 31.053 la vinculación a marcos internacionales es implícita, destacándose la lectura como un derecho cultural. Los Estándares para Bibliotecas Públicas Municipales, por su parte, consideran la inclusión social, aunque sin una indicación explícita de los tratados. Finalmente, en el nivel de implementación o referencia operativa, los tres documentos son claros en la definición de objetivos, responsables y mecanismos de seguimiento. La mencionada ley además destaca por establecer un fondo específico (FONDOLIBRO) para financiar el acceso a libros y fortalecer bibliotecas públicas.

En general, se observó un alto nivel de participación de bibliotecas públicas en los tres dispositivos legales analizados. Con respecto al criterio de enfoques de derechos, aunque se identificó cierta referencia, estas son principalmente implícitas y evidencian una limitada apropiación del marco internacional, como en la Ley N° 31.053 y los Estándares de Bibliotecas Públicas Municipales. Respecto a las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad visual, aunque se contemplan acciones significativas, es necesario impulsar la diversificación de servicios y formatos de lectura que respondan aún mejor a las diversas necesidades de esta población.

Tabla 2
Análisis documental de la participación de las bibliotecas públicas en las políticas e instrumentos normativos sobre discapacidad
Criterios de AnálisisPolítica Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 (PNMDD)Ley Nº 29.973 del 2012. Ley General de la Persona con DiscapacidadLey Nº 31.117 del 2021. Ley (...) para implementar el Tratado de Marrakech (...)
Mención de bibliotecas públicas (Directa/ Indirecta/ Ausente)Indirecta: reconoce la importancia de garantizar condiciones de accesibilidad en bibliotecas, aunque no menciona explícitamente su rol.Indirecta: Dispone la existencia de bibliotecas accesibles, aunque no menciona explícitamente su rol.Ausente: No se menciona a las bibliotecas; se enfoca en la reproducción y distribución de obras y formatos accesibles.
Presencia de medidas de accesibilidad para discapacidad visual (Sí/ Parcial/ No)Parcial: Propone elaborar un documento orientador sobre condiciones de accesibilidad en bibliotecas, sin acciones específicas para discapacidad visual.Sí: Artículo 40: Dispone que las bibliotecas cuenten con instalaciones, materiales accesibles, braille, libros hablados y recursos técnicos para personas con discapacidad.Sí: Dispone adaptaciones específicas para obras en formatos accesibles (braille, audiolibros, digitales), facilita el acceso efectivo a personas con discapacidad visual.
Enfoque o perspectiva de derechos (Explícita/ Implícita/ Ausente)Explícita: Con enfoque sólido de derechos humanos y vinculación a la CDPD y al Tratado de Marrakech.Explícita: Reconoce derechos fundamentales, el acceso a la cultura e información, basada en la CDPD y tratados internacionales.Explícita: Directamente orientada a cumplir con el Tratado de Marrakech, garantiza el derecho a la información y la cultura para personas con discapacidad visual.
Nivel de implementación o referencia operativa (Claro/ Parcial/ Ausente)Claro: Detalla objetivos, servicios, responsables e indicadores.Claro: Establece obligaciones generales del Estado, entidades públicas y privadas; establece sanciones en caso de incumplimiento.Claro: Regula modificaciones específicas en el derecho de autor y establece condiciones para la reproducción y distribución de obras accesibles.
Fuente: elaboración propia.

El análisis de los documentos revisados sobre discapacidad evidenció que, en lo referido a la mención de las bibliotecas públicas, tanto la PNMDD como la Ley N° 29.973 reconocen de manera indirecta su existencia y la importancia de garantizar condiciones de accesibilidad, pero sin asignarles un rol activo. Es así como, en el lineamiento N° 28, Actividad operativa 001 de la PNMDD (MIMP, 2021, p. 441), se propone el “Desarrollo de un documento orientador que establezca las condiciones de accesibilidad que deben considerar las bibliotecas”, el cual está a cargo de la Biblioteca Nacional del Perú. Sin embargo, no mencionan detalles sobre dichas condiciones. En general, la mención indirecta del rol de la biblioteca en estos dispositivos sugiere la existencia de limitaciones en la articulación de los conceptos clave presentes en las políticas y dispositivos legales en materia de lectura y bibliotecas. Según Cristian Leyton, Valentina Cortínez, Ignacia Fernández y Juan Fernández (2017), la articulación de políticas es entendida como la acción conjunta de distintos sectores del Estado para atender de manera integrada los problemas sociales. En este sentido, articular políticas implica unir esfuerzos y ámbitos de acción para ofrecer servicios más integrales que respondan de manera coordinada a las diversas necesidades de personas, familias y comunidades.

Se debe tener en cuenta, de acuerdo a los autores antes citados, que para lograr una articulación efectiva, es fundamental establecer mecanismos de diálogo, planificación conjunta y trabajo colaborativo entre ministerios y gobiernos en todos sus niveles, así como promover la participación social y el diálogo multisectorial que incluya a la sociedad civil, el sector privado y actores comunitarios para que las políticas respondan a necesidades reales, cuenten con mayor legitimidad y se construyan desde una perspectiva más inclusiva.

Con respecto a la Ley N° 31.117, “que incorpora y modifica artículos del Decreto Legislativo 822, ley sobre el derecho de autor, para implementar el Tratado de Marrakech y facilitar el acceso a obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso”, se observó una ausencia total de mención a las bibliotecas como actores, enfocándose únicamente en la reproducción y distribución de materiales accesibles. Aunque es comprensible que su enfoque sea más específico, las bibliotecas públicas tienen un papel clave en garantizar el acceso a estos contenidos. Incorporar una mención explícita sobre su rol permitiría reforzar su responsabilidad en la adaptación de estos servicios y en la creación de un entorno inclusivo para las personas con discapacidad visual.

Respecto al criterio de presencia de medidas de accesibilidad para discapacidad visual, la Ley N° 29.973 y la Ley N° 31.117 muestran disposiciones claras: la primera establece contar con material accesible como Braille, audiolibros y otros recursos accesibles en bibliotecas establecidos como “elementos técnicos que permitan el acceso de estas personas a la información general” (Ley Nº 29.973, 2012, artículo 40). Mientras que la Ley N° 31.117 define adaptaciones específicas para formatos accesibles. Además, menciona que la reproducción de las obras, a favor del beneficiario, “se extiende a cualquier medida intermedia para lograr la reproducción, (...) incluyendo los medios necesarios para consultar la información contenida en el ejemplar en formato accesible” (Ley N° 31.117, 2021, artículo 3). Esto coincide con lo establecido en el Tratado de Marrakech, donde se señala que las entidades autorizadas pueden reproducir obras “siempre que la obra sea convertida a un formato accesible, que puede incluir cualquier medio necesario para consultar la información en dicho formato” (OMPI, 2013, p. 5). Esta formulación establece que no solo debe disponerse el formato accesible, sino también los medios o recursos que permitan efectivamente su consulta. Actualmente, la BNP es la única entidad autorizada, pero es necesaria la existencia de otras instituciones autorizadas a nivel regional que puedan actuar como intermediarias o encargadas de la reproducción y distribución de materiales accesibles sobre todo en áreas de difícil acceso. En contraste, la PNMDD solo propone el desarrollo de un documento orientador sin precisar condiciones específicas para personas con discapacidad visual, y adopta un enfoque más general centrado en la accesibilidad.

En cuanto al enfoque o perspectiva de derechos, los tres documentos legales (PNMDD, Ley N° 29.973 y Ley N° 31.117) adoptan una perspectiva explícita, reconociendo el derecho de las personas con discapacidad al acceso a la información y la cultura. Sin embargo, se resalta la participación de la Ley N° 31.117, puesto que su objetivo está más orientado hacia el público con discapacidad visual.

Finalmente, en el criterio de nivel de implementación o referencia operativa, los tres documentos evaluados presentan un nivel claro, definiendo acciones, responsabilidades y, en algunos casos, sanciones por incumplimiento. La diferencia radica en el alcance: la Ley N° 31.117 está orientada específicamente a la reproducción de obras accesibles; mientras que la Ley N° 29.973 abarca de manera más integral la accesibilidad en espacios y servicios.

En general, se observó un nivel moderado de participación de bibliotecas públicas en los instrumentos normativos seleccionados sobre discapacidad. Aunque el marco legal de los tres documentos muestra avances en el reconocimiento de derechos y en la definición de obligaciones estatales para la accesibilidad, persisten vacíos significativos, especialmente en la asignación de un rol activo a las bibliotecas públicas y en la implementación de medidas específicas para el acceso a la lectura. El diseño normativo requiere fortalecerse para traducir los principios de accesibilidad y derecho a la lectura en acciones concretas, articuladas y sostenibles, que realmente garanticen la inclusión de las personas con discapacidad visual en el ámbito sociocultural.

Conclusiones

El análisis de la participación de la biblioteca pública en los documentos analizados demuestra un compromiso consistente con el fortalecimiento de las bibliotecas y el acceso a la lectura. Sin embargo, persiste el desafío de desarrollar medidas más detalladas y efectivas para garantizar plenamente la accesibilidad de personas con discapacidad visual, así como de articular de forma más explícita los marcos internacionales en las normativas nacionales.

Cada instrumento legal responde a su naturaleza política o normativa, y refleja las perspectivas y enfoques propios del sector o ámbito desde donde fue creado. Así, las políticas y normas vinculadas a la lectura y bibliotecas tienden a cumplir más consistentemente con los criterios relacionados con la presencia y reconocimiento de las bibliotecas públicas como actores clave en el acceso a la lectura. En cambio, los instrumentos elaborados desde el ámbito de la discapacidad destacan más en la incorporación de un enfoque de derechos y condiciones de accesibilidad, pero muestran debilidades en el reconocimiento específico del rol de las bibliotecas públicas.

Esta situación evidencia la necesidad urgente de promover una mayor articulación entre las políticas públicas de lectura y las políticas de discapacidad. Para ello, es fundamental fomentar la transversalización de conceptos clave presentes en ambos sectores y fortalecer la coherencia entre las disposiciones nacionales e internacionales. La integración de estos marcos normativos no solo reforzaría el contenido de los instrumentos legales, sino que también consolidaría el compromiso del Estado con la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

Para avanzar con este propósito es necesario tener en cuenta la importancia de establecer mecanismos de diálogo y fomentar el trabajo colaborativo entre las distintas instituciones del Estado, así como promover la participación activa de la sociedad civil y actores comunitarios en la formulación y seguimiento de estas políticas. Esto no solo contribuye a una toma de decisiones más inclusiva y legítima, sino que también permite que las acciones respondan de manera más eficaz a las necesidades reales de la población.

Asimismo, es necesario fortalecer las políticas públicas en materia de bibliotecas y fomento de lectura, reforzando los conceptos sobre el rol transformador que han tenido las bibliotecas en el desarrollo sociocultural, especialmente en el de comunidades históricamente excluidas. En este marco, las políticas bibliotecarias deben orientarse a garantizar el acceso equitativo a la lectura y al conocimiento, mediante la consideración de un enfoque inclusivo que responda a las diversas necesidades de la población. Esto contribuirá a promover la representatividad de las bibliotecas públicas en la agenda pública y en la construcción de una sociedad más justa y accesible.

En ese sentido, se debe tener en cuenta la diversidad de servicios y recursos que las bibliotecas públicas deben garantizar para toda la población, incluyendo por supuesto, a las personas con discapacidad visual. El material de lectura, así como debe cumplir con condiciones de accesibilidad, debe también abordar una diversidad temática, de contenidos, de formatos y de soportes, respondiendo tanto a las necesidades de información como a los intereses y preferencias lectoras de esta población. De este modo, es importante considerar, en el diseño de políticas públicas, no solo los formatos accesibles como el braille o audiolibro, sino también otros recursos que faciliten el acceso a la lectura a este sector de la población, tales como los sistemas de magnificación, lectores de pantalla, o adaptaciones personalizadas según el grado de dificultad para ver. Esta diversidad de medios garantiza un acceso real y equitativo a la información, en línea con los principios del Tratado de Marrakech que reconoce la necesidad de utilizar cualquier medio necesario para consultar una obra en formato accesible.

Finalmente, se observa la necesidad urgente de realizar estudios que analicen la producción y el consumo de materiales de lectura inclusivos en el sector editorial peruano, para identificar brechas y fortalecer el acceso real a la lectura para las personas con discapacidad visual.

Fuentes

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Notas

1 En español: Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas. Más detalles en: https://www.ifla.org/
2 Más detalles sobre el Sistema de Bibliotecas de la PUCP en: https://biblioteca.pucp.edu.pe/
3 Más información sobre el Sistema de Bibliotecas y Biblioteca Central de la UNMSM en: https://sisbib.unmsm.edu.pe/


Recepción: 29 Abril 2025

Aprobación: 15 Septiembre 2025

Publicación: 01 Abril 2026



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